La Justicia confirma embargo contra la Municipalidad de El Bolsón en un fallo clave

El Juzgado de Familia, Civil y Comercial N.º 11 ratificó el embargo del 5% de las rentas generales del Municipio de El Bolsón, desestimando argumentos basados en la emergencia económica.

Recientemente, el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro avaló un fallo dictado el 30 de mayo de 2024, donde la jueza Paola Bernardini confirmó la ejecución de un embargo del 5% sobre las rentas generales de la Municipalidad de El Bolsón para cumplir con una deuda judicial a favor de Rider Ovidio Sbacco. La resolución desestimó un recurso de reposición con apelación subsidiaria presentado por el apoderado del Municipio, Marco Burelli, que argumentaba la inconstitucionalidad de la medida debido a la vigencia de la Ordenanza N.º 122/23 de Emergencia Económica.

Los argumentos del Municipio

El Municipio sostenía que la emergencia económica impedía el embargo sin una declaración previa de inconstitucionalidad de la ordenanza. Además, argumentó haber cumplido con los requerimientos de la Cámara de Apelaciones, los cuales supuestamente condicionaban la traba del embargo al incumplimiento de la previsión presupuestaria.

La respuesta de la Justicia

La jueza Bernardini refutó los argumentos municipales, destacando que la Cámara ya había resuelto que el embargo procedería si el Municipio no acreditaba la inclusión del monto adeudado en el presupuesto, requisito que no fue cumplido. En su análisis, subrayó que la ordenanza local no podía invalidar derechos constitucionales como la propiedad o el cumplimiento de plazos razonables, amparados por normativas de rango superior, como el Pacto de San José de Costa Rica.

El reclamo de temeridad y malicia

El fallo también abordó un planteo del actor sobre la supuesta conducta temeraria y maliciosa del Municipio, al considerar que las defensas planteadas buscaban dilatar el proceso de manera injustificada. Aunque la jueza desestimó este reclamo, hizo una advertencia al Municipio y a su representante legal, instándolos a actuar con mayor lealtad procesal en el futuro.

Costas y honorarios

Las costas del proceso fueron impuestas a la Municipalidad de El Bolsón, siguiendo el principio objetivo de la derrota. Los honorarios para los abogados de ambas partes también quedaron fijados en el fallo, con montos equivalentes a jus profesionales de acuerdo con la normativa vigente.

Un fallo con implicancias futuras

Este fallo marca un precedente importante en la tensión entre las emergencias económicas declaradas por gobiernos locales y el cumplimiento de sentencias judiciales firmes. La jueza enfatizó que las limitaciones presupuestarias no pueden ser utilizadas como excusa para incumplir obligaciones legales, recordando la supremacía de los derechos constitucionales y el imperativo de respetar resoluciones judiciales.

Las actuaciones serán elevadas a la Cámara de Apelaciones, mientras el Municipio deberá reconsiderar su postura procesal frente a las sanciones y advertencias establecidas en esta sentencia.

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